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8 mayo 2015

El pago del IVA en Chile

¿Qué es el IVA? EL IVA es el principal impuesto al consumo …

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¿Qué es el IVA?

EL IVA es el principal impuesto al consumo que existe en Chile y grava con una tasa de 19% las ventas de bienes corporales muebles e inmuebles. Entérate más aquí…

De igual forma, El IVA también grava los servicios que se presten o utilicen en el país y que provengan de las actividades que la ley señala.

Este impuesto afecta también al Fisco, instituciones semifiscales, organismos de administración autónoma del Estado, municipalidades y a las empresas que pertenezcan a ellos o en los cuales estos organismos tengan participación.

Con la misma tasa general de 19% se gravan las importaciones ya sean habituales o no, efectuadas por cualquier persona natural o jurídica.

El impuesto se debe declarar y pagar mensualmente. Su monto se determina a partir de la diferencia entre el débito fiscal y el crédito fiscal. Si de esta diferencia resulta un remanente, existe un mecanismo que permite utilizarlo en períodos posteriores.

Los exportadores están exentos del IVA por las ventas que efectúen al exterior, otorgándoseles el derecho de recuperar el IVA recargado en la adquisición de bienes o utilización de servicios destinados a su actividad de exportación.

Cuando ocurre una transacción, el vendedor entrega el IVA de la venta al fisco; a su vez, éste debe devolverle el IVA que le cobraron los proveedores.

¿Cómo declarar el IVA?

  • Impuestos Internos (SII). Este trámite  se realiza a través del formulario 29 de IVA o del formulario 50 que incluye diversos impuestos.
  • En caso de error, el SII también permite corregir o rectificar la información de los formularios 29 o 50. A través de esta opción se busca no tener inconsistencias en los cruces que se realicen para la fiscalización del IVA, las retenciones a contribuyentes sin domicilio en Chile y la fiscalización a la renta.
  • Para contribuyentes afectos a los impuestos de la ley sobre impuesto a las ventas y servicios, cuya sumatoria anual de créditos fiscales IVA sea superior o igual a $250 millones, existe la opción de realizar la declaración jurada de IVA de compras y ventas, utilizando el formulario electrónico 3327 y 3328.
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