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Tercera y última entrada que revisa uno de los pasos para formar una empresa, específicamente la obtención y pago de patente comercial. Puedes revisar las entradas anteriores aquí y aquí.
Normas de pago de la patente comercial
La patente se podrá pagar al contado o en dos cuotas iguales, en la municipalidad respectiva, dentro de los meses de julio y enero de cada año. Cabe señalar que la municipalidad correspondiente será aquella donde la empresa haya realizado inicio de actividades.
Si la patente se pagare en dos cuotas, el valor de la segunda se reajustará en la misma proporción en que haya variado el Índice de Precios al Consumidor en el período comprendido entre el 1° de junio y el 30 de noviembre inmediatamente anterior.
Si un contribuyente se estableciere después del 31 de diciembre pagará el cincuenta por ciento del valor de la patente (Artículo 29 Ley de Rentas Municipales)
Plazos en la obtención de la patente
El plazo que tiene cada municipio para otorgar y renovar la patente comercial será de diez días hábiles contados desde el día en que tenga a su disposición todos los antecedentes, lo que será certificado por la Secretaría Municipal.
Monto de la Patente Comercial
El impuesto es determinado aplicándose la tasa sobre el capital propio de la empresa que ejercerá dicha actividad. La tasa es fijada por cada municipalidad con un mínimo del 0,25 % hasta el 0,5% con un máximo a pagar de 8.000 UTM.
Javier Troncoso López
Foto: Elisabetta Foco (cc)