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Siguiendo con la temática de las entradas anteriores, el factoring corresponde a una alternativa de financiamiento negocio. Es una de las opciones más atractivas y prolíferas de los últimos años, con un 25% de crecimiento, según las últimas cifras de la Asociación Chilena de Factoring (ACHEF).
Esta herramienta financiera está orientada principalmente a las pequeñas y medianas empresas, para que obtengan recursos líquidos a partir de la cesión de sus propios activos (cuentas por cobrar). De este modo la empresa que opta por este tipo de financiamiento cede a la institución financiera sus créditos (cuentas por cobrar), como por ejemplo las facturas, cheques, letras, pagarés, entre otros, para obtener a cambio, y de manera inmediata, el 90% u 80% generalmente del dinero a que esas operaciones se refieren. Por su parte la empresa de factoraje deduce del importe del crédito comprado, la comisión, el interés y otros gastos asociados.
Esta herramienta se estructura mediante un contrato de factoring, en el cual se estipula las normas generales que rigen el comportamiento, obligaciones y plazos del compromiso. Los elementos del contrato son tres: 1.Financiamiento 2.Gestion de cobranza 3. Calificación de clientes y de carácter aseguratorio.
Entre las principales ventajas que reporta el factoring se encuentran:
– La liquidez. Las cuentas por cobrar son vendidas a la empresa de factoring, esto permite al vendedor obtener dinero efectivo inmediato.
– La gestión de cobranza. El factoring se encarga de las cobranzas facilitando la puntualidad y recuperabilidad de las facturas. Dentro de este punto, también permite bajar los costos internos de la empresa, debido a que ésta no pierde tiempo ni dinero cobrando las facturas, sumado a que se entrega apoyo administrativo dando información relativa a las cuentas por cobrar.
-No produce endeudamiento. El factoring no constituye un crédito, lo que hace es comprar las facturas, al contrario de lo que se hace en los bancos con un préstamo.
Para acceder al factoring es importante averiguar las condiciones que establecen las diferentes instituciones financieras atendiendo a sus políticas comerciales y de crédito. Sin embargo resulta condición básica que el cliente presente los documentos que respaldan la transacción, por medio de la cual se cede el crédito, esto significa, presentar la factura, guía de despacho, boleta de servicio, documentos de embarque para el caso de exportaciones e importaciones, entre otros.
El Factoring se ha visto reforzado a contar del 2005 por la Ley 19.983 que le da herramientas al factoring para su operación, al delimitar de manera más clara las obligaciones que tienen quienes dan y reciben una factura de venta y a quienes como las empresas de factoring, trabajan como intermediarios de éstas. Se puede obtener aún más información en el Capítulo 8-38 de la Recopilación Actualizada de Normas de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) sobre “Operaciones de Factoraje” que se refiere a las características que deben tener estas operaciones para los bancos.
Javier Troncoso López
Fuente: Asociación Chilena de Factoring (ACHEF) www.achef.cl
Foto: Jennifer Langley (cc)