De acuerdo con la Ley de productividad, contenida en la …
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De acuerdo con la Ley de productividad, contenida en la Ley Nº 20.956, que rige a partir del 1 de noviembre de 2017, establece la norma del redondeo.
El mecanismo de redondeo obligatorio en pagos efectivos, para todos, incluso para consumidores y empresas, implica que si la cuenta final termina entre $1 y $5, se redondea hacia abajo, es decir, hacia la decena inferior, y si termina entre $6 y $9, hacia arriba, es decir, hacia la decena superior.
Cabe destacar que esta regla no se aplica para cheques, tarjetas o pagos electrónicos.
Como señala la norma, y según lo interpreto el SII, a través de la circular Nº44 de 2017, esta medida no producirá efectos tributarios, por lo cul los contribuyentes no deberán considerar la norma del redondeo, por lo cual no deberán modificarse los documentos tributarios que se deban emitir.
La boleta se efectuará por el monto exacto, previo al redondeo. La Ley es explícita en señalar que la aplicación de la regla de redondeo no afecta a los documentos tributarios.
Deberán reconocer los montos señalados en las respectivas facturas, boletas, actos o contratos.
Ej.: Se emite una factura por $10.106, y por regla de redondeo se reciben $10.110. Solo se reconocerán los $10.106.
Deberán reconocer los montos pagados o adeudados en las respectivas facturas, boletas, actos o contratos.
Ej.: Si se cobra una factura por $10.106, y pago $10.110 por regla de redondeo, solo se deberá reconocer $10.106 indicado en la factura.
En caso de dudas sobre temas tributarios, revisar la Circular Nº 44, de 2017 del SII que se encuentra en el siguiente link: