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13 enero 2016

ADMINISTRACIÓN LEGAL Sistemas de contabilidad existentes en Chile

Si bien muchas veces los emprendedores se despreocupan de las …

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    Si bien muchas veces los emprendedores se despreocupan de las materias contables que atañen a su negocio encargando dichas gestiones a un profesional experto en el asunto, el desconocimiento de las obligaciones tributarias, y el poco control que se tiene sobre la contabilidad puede generar grandes problemas para el futuro. En este sentido es que Lazatesolo.cl aborda los aspectos básicos que debe conocer cualquier emprendedor sobre los sistemas de contabilidad que existen en Chile.

    En términos generales la contabilidad tiene la finalidad de cuantificar y registrar las operaciones y hechos de la empresa que son susceptibles de traducirse en términos monetarios, todo ello  para medir y analizar las operaciones, y así facilitar la dirección y control de la organización empresarial.

    En Chile una empresa se puede encontrar en los siguientes sistemas de contabilidad:

    Contabilidad Completa

    La regla general en nuestro país es que toda empresa, independiente de su tamaño, lleve una contabilidad completa.

    Cuando se hablamos de contabilidad completa, se hace referencia a aquella que comprende los libros Caja, Diario, Mayor, Inventarios y Balances, y según el caso,  libro especial denominado Registro de la Renta Líquida Imponible de Primera Categoría y Fondo de Utilidades Tributables (FUT), independiente de los libros auxiliares que exija la ley, tales como Libro de Compra y Ventas, de Remuneraciones, de Impuestos Retenidos, entre otros.

    Contabilidad Simplificada

    La excepción lo constituye este régimen de contabilidad. Y para obtenerlo se debe obtener autorización del Director Regional del SII correspondiente al domicilio comercial de la empresa.

    Básicamente la contabilidad simplificada exige solo un libro de ingresos y egresos, o bien una simple planilla, dependiendo de la actividad económica de que se trate, en base al cual se determina la renta líquida imponible.

    Las empresas que pueden acogerse a dicha contabilidad corresponde a aquellos acogidos al Régimen de contabilidad Simplificada del artículo 14 ter de la Ley de Impuesto a la Renta, dando cumpliendo a los siguientes requisitos:

    • Todos los contribuyentes que se encuentran acogidos al artículo 14 ter de la Ley de Impuesto a la Renta al 31 de diciembre de 2014, se entienden acogidos al nuevo¡ régimen contenido en la letra A) del artículo 14 ter.
    • Contribuyentes que inicien actividades, con un capital efectivo menor o igual a 60.000 UF al primer día del mes de inicio.
    • Todos los contribuyentes de Primera Categoría que tributen según contabilidad completa, simplificada o renta presunta

    Si bien el régimen simplificado resulta muy útil a los pequeños emprendedores, facilitando el cumplimento de las normas tributarias, la contabilidad completa, el balance y sus libros particularmente, reflejan información más detallada y completa del estado de la empresa. Es importante tener en consideración lo expuesto, ya que  a pesar de tener contabilidad simplificada, es recomendable en algunos casos llevar contabilidad completa voluntariamente, como por ejemplo, cuando se solicita un crédito a la banca, o nuevos inversores están interesados en colocar capitales a la empresa, requieren mayor información.

    Si quieres obtener más información para la puesta en marcha
    de tu emprendimiento contáctanos en www.lanzatesolo.cl