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Continuar leyendo «Formar Empresa – Diferenciando Conceptos (3ra parte)»
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¿A que nos referimos cuando hablamos de empresa, sociedad, establecimiento comercial, marca, nombre comercial, y razón social?
Al Formar Empresa, muchas veces trae consigo enfrentarse a conceptos nuevos, que se utilizan muchas veces, y que todo el mundo parece estar al tanto de sus significados. Esta situación acrecienta la incertidumbre y temor de quien decide emprender, es por esto, que se considera importante poner al tanto al emprendedor, en esta primera parte, las diferencias que existen, y a que nos referimos cuando hablamos de:
La marca, el nombre comercial, y la razón social
La marca, a modo general, se debe entender como aquel título que concede el derecho exclusivo a la utilización de un signo para la identificación de un producto o un servicio en el mercado, previo registro de la misma. Este registro permite utilizarla y evitar que otras empresas lo utilicen. Pueden ser marcas: las palabras o combinaciones de palabras, imágenes, figuras, símbolos, gráficos, letras, cifras, formas tridimensionales (envoltorios, envases, formas del producto o su representación) en miras a identificar en el mercado los productos o servicios, y a la vez, permitiendo la diferenciación de los productos o servicios que ofrece la competencia. En este sentido, se recomienda que la marca sea escogida generalmente pensando, en que debe ser fácil de recordar, que otorgue confianza e inspiración al público, y en definitiva que pueda llamar a la acción y atención de los destinatarios de productos o servicios que se ofrecen. (Para mayor información sobre la marca comercial revisar esta entrada)
En la otra vereda tenemos al nombre comercial o nombre de fantasía, el cual corresponde al nombre elegido libremente por el empresario, el que no presenta ninguna protección jurídica, siendo su objeto principal, el que los clientes conozcan a la empresa dentro del mercado, permitiendo la diferenciación de otras empresas que realicen servicios similares.
La denominación o razón social es aquella que identifica a la sociedad en todos los aspectos legales, y lo podemos asemejar al nombre que aparece en la cedula nacional, ya que se trata de un atributo que permite distinguir a unos individuos de otros otorgando una identidad, pero que en este caso, nos reconoce como persona jurídica, la cual corresponde a un sujeto de derechos y obligaciones. (Para mayor información, sobre Personas Naturales y Personas Jurídicas revisar estas entradas)
Así el nombre comercial puede existir o no, esto queda a elección del empresario, mientras que la razón social es obligatoria, y es requisito, el que se exige en el contrato de constitución de la sociedad. De esta manera puede darse las situaciones de que el nombre de fantasía o marca comercial, difiera profundamente de la razón social de una compañía, o el caso contrario, que sea similar, o igual a la misma.
Javier Troncoso López
Foto: Aleksandra Boguslawska (cc)