La ley de la renta establece un impuesto para las empresas al que denomina impuesto de 1era Categoría. Afecta a las rentas obtenidas de actividades comerciales, industriales, extractivas y otras. También afecta a las rentas obtenidas del capital.
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calcularse sobre las utilidades liquidas que produce el negocio, es decir sobre los ingresos menos los gastos. Se declara anualmente en el mes de abril por aquellas rentas percibidas o devengadas en el año anterior.
Las rentas pueden encontrarse percibidas, aquellas que efectivamente han ingresado a las cuentas de la empresa; o devengadas, aquellas que se hacen constar en los libros del período, pero que su ingreso efectivo puede ocurrir en otro momento, posterior o anterior. Es importante señalar que ambas deben considerarse para efectos del cálculo del impuesto en el periodo correspondiente.
Hay que tener en cuenta que ciertas actividades como la agricultura, la minería o el transporte, pueden adoptar un régimen de tributación especial denominado “de renta presunta”, donde no se paga el impuesto sobre las utilidades efectivamente obtenidas (como se hace según el régimen general de “renta efectiva”), sino que sobre un monto de renta que se presume, el que se calcula según las disposiciones legales. las empresas deben cumplir ciertos requisitos para optar por este régimen.
El impuesto de 1era Categoría tiene una tasa actual de 20%.
Toda empresa debe llevar un libro de FUT (Fondo de Utilidades Tributables) donde deben quedar registradas las utilidades generadas por esta, los retiros o distribución que se realicen o los que queden pendientes, como también los créditos asociados a dichas utilidades.
Además la mayoría de estas empresas tienen la obligación de realizar PPM (Pago Provisional Mensual) el que se calcula de conformidad a la ley de la Renta y que como el nombre lo dice son pagos mensuales que se abonan al impuesto de 1era Categoría.