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23 octubre 2019

Ordinario de la inspección de trabajo: obligaciones del contrato de trabajo

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El 11 de febrero de 2019 se publicó un ordinario de la inspección de trabajo que explica y aborda alineamientos de acciones para las oficinas, empleadores y trabajadores a la hora de que el lugar de trabajo se encuentre en una zona afectada por fuerza mayor o caso fortuito.

Suspensión de las obligaciones principales del contrato de trabajo.

El ordinario de la inspección de trabajo manifiesta que se pueden suspender las obligaciones principales del contrato de trabajo, por acontecer de una fuerza mayor o caso fortuito.

El artículo 45 del Código Civil señala que “se llama fuerza mayor o caso fortuito el imprevisto a que no es posible resistir como un naufragio, un terremoto, el apresamiento de enemigos, los actos de autoridad ejercidos por un funcionario público, etc.”

Así mismo, para que una situación se denomine fuerza mayor o caso fortuito, deben cumplirse los siguientes requisitos:

1. Que el hecho o suceso que se invoca sea inimputable, esto es, que provenga de una causa enteramente ajena a la voluntad de las partes.
2. Que el referido hecho o suceso sea imprevisible, esto es, que no se haya podido prever dentro de los cálculos ordinarios o corrientes.
3. Que el hecho o suceso sea irresistible, o sea, que no se haya podido evitar, ni aún en el evento de oponerle las defensas idóneas para lograr tal objetivo.

Así queda muy claro, que si se sostienen en todo el país o en algunas zonas del mismo condiciones como las anteriormente mencionadas, pueden ser suspendidas las principales obligaciones que emanan del contrato de trabajo.

Lo que significa que ambas partes, tanto empleado como el empleador quedarían librados del contrato firmando.

¿El empleado está obligado a asistir al trabajo?

Como lo menciona el ordinario de la inspección de trabajo, en caso de que suceda un hecho de fuerza mayor o caso fortuito, ningún empleado está en la obligación de asistir a las instalaciones del trabajo.

Sin embargo, se recomienda a los trabajadores informar al empleador sobre las dificultades para asistir al trabajo y la ausencia de la misma.

¿Está el empleador en la obligación de pagar a sus trabajadores?

En el caso de fuerza mayor o caso fortuito, el empleador puede suspender la obligación de proporcionar el trabajo convenido y pagar la remuneración acordada, sin estar violando el derecho laboral o derecho del trabajo.

Si el trabajador no está asistiendo al lugar de trabajo por las situaciones anteriormente planteadas, el empleador puede rehusarse a pagar los días no trabajados.

Otras obligación del empleador.

El ordinario de la inspección de trabajo indica que el empleador está obligado a tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores, informando de los posibles riesgos y manteniendo las condiciones adecuadas de higiene y seguridad, como también los implementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades profesionales.

Es decir, el empleador debe tomar decisiones preventivas en situaciones como cortes de caminos, cortes de energía eléctrica, de suministro de agua potable, ausencia de transporte, de condiciones de higiene y seguridad, entre otras.

Se aconseja a ambas partes, llegar a un acuerdo y si es posible, el trabajador puede prestar los servicios para los que fue contratado de manera remota, desde la seguridad de su hogar.

Esta manera de trabajo debe ser remunerada por parte del empleador, ya que el empleado de igual manera estará trabajando pero de una forma diferente.

Si se desea crear una empresa en un día o quieres hacerlo de la manera tradicional, es de suma importancia que se conozcan todo lo relacionado al ordinario de la inspección de trabajo para estar protegido e informado ante cualquier situación.

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